Facturación de servicios continuos - D.S. 4541
19 de julio de 2021En fecha 14 de julio de 2021, se ha promulgado el Decreto Supremo 4541 que, tiene por objeto aclarar el tratamiento tributario (facturación) de los servicios recurrentes, continuos o de tracto sucesivo.
Servicios continuos con precios pre establecidos
Se debe emitir la factura y pagar los tributos en el periodo fiscal correspondiente, la factura puede ser emitida hasta 5 días posteriores al mes vencido.
Servicios continuos sujetos a medición o liquidación
La factura debe ser emitida en el periodo en el que se ha determinado el precio, producto de la medición o liquidación, en ningún caso la factura será emitida en un periodo fiscal posterior a la fecha de la determinación del precio.
¿Esta normativa afecta a tu empresa? Conversemos y revisamos tu caso.
Hablar por WhatsApp
